La inteligencia artificial dejó hace tiempo de ser un concepto futurista para convertirse en una realidad presente que transforma los mercados, las instituciones públicas, la justicia y el ejercicio del derecho. Desde la automatización de contratos hasta el análisis predictivo de sentencias, el uso de algoritmos en los procesos legales plantea oportunidades inéditas, pero también desafíos jurídicos de enorme complejidad. En la República Dominicana, este fenómeno avanza con mayor rapidez que la capacidad del marco normativo para regularlo.
El crecimiento global de la inteligencia artificial es exponencial. En noviembre de 2022 se lanzó públicamente ChatGPT, una de las plataformas de IA generativa más utilizadas del mundo, que alcanzó más de 100 millones de usuarios en apenas dos meses, convirtiéndose en la aplicación de adopción más rápida de la historia digital. Para 2024, el mercado global de inteligencia artificial superó los 240 mil millones de dólares, según estimaciones de Statista, y se proyecta que alcance más de 740 mil millones de dólares en 2030. Este crecimiento está impulsando su incorporación masiva en sectores como la banca, la salud, el comercio electrónico, la educación y, cada vez con mayor fuerza, el ámbito jurídico.
En el derecho, la inteligencia artificial ya se utiliza para la revisión automatizada de contratos, análisis masivo de jurisprudencia, predicción de resultados judiciales, detección de fraudes, gestión de pruebas digitales, elaboración de escritos legales, control de cumplimiento normativo y resolución automatizada de conflictos en plataformas digitales. Estas aplicaciones han elevado considerablemente la eficiencia de los procesos legales, reduciendo tiempos, costos y márgenes de error humano.
En la República Dominicana, aunque no existe aún una ley específica sobre inteligencia artificial, su uso ya es una realidad tangible. Instituciones financieras utilizan algoritmos para evaluar riesgos crediticios, empresas de telecomunicaciones automatizan decisiones mediante sistemas inteligentes, plataformas digitales procesan millones de datos personales, y el sector legal comienza a incorporar herramientas de automatización documental y análisis predictivo. Este escenario genera una tensión directa entre el avance tecnológico y un ordenamiento jurídico que aún fue concebido para una realidad analógica.
El marco legal dominicano que hoy incide indirectamente sobre la inteligencia artificial se sustenta principalmente en la Constitución de la República, proclamada en 2015, que protege derechos fundamentales como la dignidad humana, la igualdad, la intimidad, el honor, la imagen, la tutela judicial efectiva y el debido proceso. A esto se suma la Ley No. 172-13 sobre Protección de Datos de Carácter Personal, vigente desde 2013, la cual establece los principios de licitud, finalidad, proporcionalidad y seguridad en el tratamiento de datos. Sin embargo, esta ley fue creada antes de la explosión de la IA generativa, los modelos predictivos masivos y el big data automatizado, lo que evidencia importantes vacíos regulatorios.
Uno de los principales desafíos jurídicos de la inteligencia artificial en el país es la responsabilidad legal por decisiones automatizadas. Cuando un algoritmo toma una decisión que afecta derechos —como la negación de un crédito, la clasificación de un perfil de riesgo, la exclusión de un proceso de selección o la priorización automatizada de un caso— surge la pregunta fundamental: ¿quién responde legalmente por los daños? ¿El programador, la empresa, el proveedor del software o el usuario final? La legislación dominicana aún no ofrece una respuesta clara y sistematizada a esta interrogante.
Otro reto crítico es la protección de datos personales y la privacidad. La inteligencia artificial funciona a partir del procesamiento masivo de datos, muchos de ellos sensibles. En un contexto donde en 2023 más del 74 % de la población dominicana tenía acceso a internet, según datos del Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (INDOTEL), el volumen de información digital crece a un ritmo que desafía la capacidad real de supervisión y control del Estado.
La discriminación algorítmica es otro de los grandes riesgos. Los sistemas de inteligencia artificial pueden reproducir sesgos raciales, económicos, de género o sociales si son entrenados con datos históricos contaminados. Esto podría traducirse en decisiones automatizadas injustas, contrarias al principio de igualdad consagrado en el artículo 39 de la Constitución dominicana, generando un serio conflicto entre tecnología y derechos fundamentales.
A nivel internacional, ya existen avances regulatorios que marcan el camino. En marzo de 2024, la Unión Europea aprobó oficialmente el AI Act, la primera gran ley integral sobre inteligencia artificial en el mundo, que clasifica los sistemas de IA según su nivel de riesgo y establece prohibiciones, obligaciones, sanciones y principios de transparencia. Este precedente ejercerá una presión indirecta sobre países como la República Dominicana, especialmente en materia de comercio digital, transferencia tecnológica y protección de datos transfronterizos.
En el ámbito judicial, el uso futuro de la inteligencia artificial también plantea desafíos profundos. La idea de jueces asistidos por algoritmos, sistemas de predicción de sentencias o plataformas automatizadas de resolución de conflictos exige garantías sólidas de transparencia, explicabilidad de los modelos, control humano efectivo y respeto al debido proceso. La justicia no puede convertirse en un acto puramente matemático sin ponderación humana.
El reto dominicano no consiste únicamente en regular la tecnología, sino en hacerlo sin frenar la innovación. La ausencia total de regulación genera inseguridad jurídica, pero la sobre regulación temprana puede asfixiar el desarrollo tecnológico. Se impone la necesidad de una legislación moderna, flexible, basada en principios, que proteja derechos sin obstaculizar el progreso.
En ese contexto, la inteligencia artificial representa uno de los mayores desafíos legislativos del siglo XXI para la República Dominicana. Su impacto no es futuro, es presente. El derecho dominicano está llamado a evolucionar con la misma velocidad que la tecnología, o correr el riesgo de volverse irrelevante frente a una realidad que ya se encuentra operando sin esperar autorización normativa.
BIBLIOGRAFÍA
Constitución de la República Dominicana, proclamada el 13 de junio de 2015.
Ley No. 172-13 sobre Protección de Datos de Carácter Personal, República Dominicana.
Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (INDOTEL). (2023). Estadísticas de conectividad e internet en RD.
Statista. (2024). Global Artificial Intelligence Market Size.
Parlamento Europeo. (2024). Artificial Intelligence Act (AI Act).
OCDE. (2022). Principios sobre Inteligencia Artificial.
UNESCO. (2021). Recomendación sobre la Ética de la Inteligencia Artificial.
World Economic Forum. (2023). Global AI Governance Outlook.
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